Preguntas frecuentes
¿Puedo cambiar los medicamentos genéricos a pesar de que el médico me haya prescrito la marca?
La oficina de farmacia no está autorizada a cambiar los medicamentos con nombre comercial de la receta por otros genéricos, pero sí puede suministrar cualquier nombre comercial que contenga el nombre genérico que le hayan prescrito.
¿Mi seguro cubre el medicamento que compre?
No todas las medicinas prescritas por los facultativos tienen cobertura por las ARS. La cobertura de la medicina dependerá del plan de cada paciente, y por lo general tiene una cobertura mínima del 70 % del valor de los medicamentos cubiertos. Los planes complementarios tienen mayor cobertura, pudiendo llegar al 100% dependiendo de la ARS, y un listado de medicina más amplio.
¿Cuándo vence la receta que me han dado?
¿Para pasar una receta con el seguro qué debe contener?
Las recetas deben cumplir los siguientes requisitos:
- Nombre y apellidos del paciente
- Fecha de la indicación (día, mes, año)
- Medicamentos: cada uno de ellos debe reflejar cantidad, presentación y uso
- Sello, firma y exequátur de quien realiza la indicación
- Si la receta es para más de un mes debe poner la descripción uso continuo.
- Si la receta es de una emergencia, debe llevar también el sello del centro.
- Si la receta es de un especialista debe ser en el recetario personal del facultativo.
Las recetas que provienen de un especialista o consultorio médico tienen una duración de 30 días. Las recetas de uso continuo tienen el mismo plazo de validez. Para la compra de los meses siguientes se le suministrarán las copias pertinentes, selladas por la farmacia donde realizó la primera compra, para completar los meses autorizados por su ARS.
Las recetas que provienen de una urgencia tienen una validez de entre 2 y 7 días, dependiendo de la ARS.